Se acerca el momento de tener que realizar el cierre fiscal, pero antes es necesario hacer el cierre contable.
Este es el motivo por el que el cierre fiscal no se lleva a cabo a final de año, sino al principio del siguiente.
Aun así, se hace necesario ir preparando toda la documentación necesaria, y planificando las decisiones financieras y fiscales que tienen trascendencia en el momento actual, y que la tendrán en un futuro.
¿Por qué es importante la planificación del Cierre Fiscal?
Su importancia no solo radica en la repercusión respecto a los impuestos que se tendrán que liquidar, también con vistas a futuro.
En función de los resultados y análisis de los mismos, permite a las empresas proyectar el siguiente ejercicio, y establecer metas futuras.
Supone una visión estratégica para la toma de decisiones.
La importancia de esta planificación del cierre fiscal se basa en 3 aspectos fundamentales:
Evitar sorpresas tributarias
Si no se hace una correcta planificación fiscal, y no se cumple correctamente con las obligaciones tributarias en tiempo y forma, puede dar lugar a infracciones sujetas a sanciones.
La rentabilidad empresarial se puede ver mermada.
Mejora de la eficiencia financiera
Se trata de optimizar los recursos disponibles y evitar problemas de solvencia, ya que el importe a pagar en forma de impuestos, así como la fecha de liquidación, se encuentran ya planificados.
De esta forma no se incurre en gastos excesivos que desemboquen en una situación de pérdidas.
Cumplimiento de obligaciones legales
El cumplimiento de los plazos establecidos por la ley tributaria es un aspecto crítico a tener en cuenta.
El incumplimiento de los mismos desembocan en sanciones y recargos que pueden mermar la sostenibilidad y crecimiento del negocio, así como su solvencia.
¿Cuáles son las principales Obligaciones Fiscales a considerar en el último trimestre del año?
A lo largo del último trimestre del año, y como en todos los trimestres, hay que ajustar cuentas con Hacienda.
Se presentan una serie de impuestos, en función de si se trata de la figura del autónomo, o sociedad.
Por un lado, están los modelos que la mayoría presenta de manera trimestral, por otro los anuales.
Los más importantes:
Liquidación del IVA (303)
Formulario de declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Es el pago fraccionado resultado de la diferencia entre el IVA repercutido y el soportado de las facturas del trimestre.
Las fechas de presentación:
- Del 1 al 20 del mes siguiente al periodo de liquidación.
- Las del cuarto trimestre se presentan del 1 al 30 de enero.
(*En caso de ser el último día inhábil, se presentará el día hábil inmediatamente posterior)
Retenciones e ingresos a cuenta sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residente (123)
A través de este modelo se liquidan retenciones de ingresos a cuenta de IRPF, IS y el Impuesto sobre la renta de los no Residentes, de determinados rendimientos del capital mobiliario.
Es indiferente si la renta es dineraria o en especie.
La presentación se lleva a cabo en los 20 primeros días naturales siguientes al trimestre natural.
Retenciones de trabajadores y profesionales (111)
Supone la declaración a través de la cual, empresas y autónomos, ingresan las retenciones de IRPF practicadas durante el trimestre a trabajadores y profesionales.
La presentación se lleva a cabo del 1 al 20 en los meses de enero, abril, julio y octubre.
Retenciones de alquileres (115)
Formulario a través del cual autónomos y empresas declaran y liquidan a Hacienda las retenciones de IRPF derivadas del pago de sus alquileres.
Se presenta en los primeros 20 días naturales siguientes al trimestre.
Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (202)
Es el modelo tributario que permite a las empresas declarar sus rentas en el Impuesto de Sociedades por adelantado.
El IS se presenta en los primeros 25 días naturales de julio, 6 meses después de finalizar el periodo impositivo.
Declaración anual de operaciones con terceros (modelo 347)
Esta declaración solo la presentan aquellos profesionales y empresarios que hayan realizado operaciones con terceros superando la cantidad de 3.005€. La declaración se presentará entre los meses de enero y febrero de 2025.
Estrategias para optimizar la carga fiscal al cerrar el año
Deducciones y bonificaciones fiscales
Las deducciones fiscales suponen una herramienta fundamental para reducir el montante de los impuestos a pagar de una empresa.
Es importante identificar todas las deducciones a las que se puede acceder, y saber aplicarlas de una manera eficiente, además de estar actualizados sobre los cambios en la legislación fiscal al respecto.
Amortización de activos y gastos deducibles
A tener en cuenta que, tanto la amortización, como la depreciación son deducibles como gastos comerciales.
Se vuelve especialmente beneficioso para las empresas más pequeñas que cuentan con un presupuesto más limitado.
Ajustes contables de última hora
Estos ajustes son modificaciones esenciales en los registros contables con la finalidad de reflejar con precisión la situación financiera real.
Los más comunes son:
a) Ajustes por prepagos: gastos pagados por adelantado y benefician a más de un período contable.
b) Ajustes por acumulaciones: Involucran ingresos ganados o gastos incurridos aún no registrados.
c) Ajustes por depreciación: reflejan la disminución de valor de los activos fijos.
Fecha clave para el Cierre Fiscal del año
Respecto a estas fechas, hay que mostrar especial atención tanto a los plazos de presentación de modelos fiscales, como conocer las consecuencias por el incumplimiento de las fechas establecidas.
Plazos de presentación de declaraciones
A partir del cierre de la campaña de impuestos en enero, se procede al cierre fiscal y contable del ejercicio anterior.
Es obligada la formulación de las cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta para la aplicación del resultado, en caso de las sociedades.
En determinados casos, también las cuentas anuales y el informe de gestión consolidados.
La fecha límite es el 31 de marzo, salvo excepción.
Sanciones por presentación fuera de plazo
Las sanciones pueden oscilar desde un mínimo de 300,00 € hasta los 20.000,00 €, existiendo una reducción del 25% de la multa si el pago se realiza de manera voluntaria.
Herramientas y Recursos para Facilitar el Cierre Fiscal
Software de contabilidad y fiscalidad
Existen multitud de opciones, algunas incluso gratuitas, de programas informáticos de contabilidad y CRM´s que suponen una gran ayuda, no solo para la contabilidad diaria, sino también desde el punto de vista fiscal y facturación.
Asesoramiento profesional
Es la mejor opción que se puede tomar, ya que es una manera de despreocuparte, no solo de la gestión contable fiscal, sino de la necesidad de estar siempre actualizado, y de tener la tranquilidad de que los plazos se cumplen.
Algunas novedades para este año
- Rebaja en el Impuesto de Sociedades para Pymes que facturen menos de 1.000.000,00€, y tengan base imponible positiva. Del 25% al 23%.
- Los negocios emergentes y de nueva creación se podrán beneficiar de un tipo reducido del 15%.
- Las multinacionales y grandes grupos (con presencia solo en España) con volumen de negocio igual o superior a 750 millones anuales, deberán asumir una tributación mínima del 15%.
- Obligatoriedad de hacer la Declaración de la Renta por parte de los autónomos, independientemente del nivel de ingresos.
Conclusiones
La planificación del cierre fiscal, sin duda, debe ser tomada como una oportunidad estratégica para la sostenibilidad y el crecimiento del negocio, y no ser relevada a un simple trámite.
Para comenzar el nuevo año de una manera sólida, evitando contratiempos, y sorpresas, mejorando la eficiencia.
En EDAR CONSULTING somos especialistas en ayudarte, de la manera más eficiente, y con total comodidad.
Nuestro equipo de profesionales está preparado para ayudarte.
Contáctanos y asegura la tranquilidad de tu negocio para el próximo año.